Los permisos o Notas Técnicas,
dependerán del tipo de mercancía que se trate y son necesarias para llevar a
cabo la importación de un bien.
- Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG):
El importador deberá registrar su producto ante el Ministerio de
Salud, si corresponde a alguno de los siguientes: alimentos, cosméticos, equipo
y material biomédico, medicamentos, plaguicidas, productos naturales, productos
para la higiene, productos químicos peligrosos y tintas para tatuajes.
Para mayor información se recomienda dirigirse
al siguiente enlace.
- Ministerio de Seguridad Pública:
Para la importación de armas y explosivos deberá
cumplirse con las notas técnicas 70 y 72. Para revisar requisitos puede
dirigirse al siguiente link.
- Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE).
En el MINAE se deben gestionar los permisos de
importación de especies de fauna y flora de vida silvestre, para mayor
información se puede visitar el siguiente link.
- Oficina Nacional de Semillas.
Los importadores de semillas deben encontrarse
registrados ante la Oficina Nacional de Semillas para poder llevar a cabo sus
importaciones. Más información aquí.
- Autoridad Nacional para la Prohibición de las Armas
Químicas (ANAQ).
Este órgano vela porque se cumplan las
disposiciones en materia importación de las sustancias químicas incluidas en la
Convención de las Naciones Unidas sobre la Prohibición del Desarrollo, la
Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y sobre su
Destrucción. Mayores detalles en este enlace.
- Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura
(INCOPESCA)
La importación de productos acuícolas debe
cumplir con la nota técnica 68, para obtener la autorización de importación
correspondiente. Más información en el siguiente link.